Verifica la integridad de cualquier denuncia con su hash SHA-256 → Ir al verificador
EticAlert
  • Cómo funciona
  • Funcionalidades
  • Precios
  • Canal de denuncias
  • Blog
Acceder Empezar →
Cómo funciona Funcionalidades Precios Canal de denuncias Blog
Acceder Empezar →

Este sitio utiliza cookies técnicas para su correcto funcionamiento. Política de cookies

Inicio › Blog › Marco legal › Sanciones canal de denuncias
Marco legal

Sanciones por no tener canal de denuncias: desglose completo por tipo de infracción

Actualizado a marzo 2026 · 8 minutos de lectura

Publicado el 5 de marzo de 2026 por el equipo de EticAlert

Uno de los aspectos más importantes —y peor conocidos— de la Ley 2/2023 es su régimen sancionador. No basta con saber que hay multas: es fundamental entender cuáles son las infracciones concretas que pueden motivar una sanción, cuánto puede costar cada una y qué consecuencias adicionales hay más allá de la multa económica. Este artículo hace ese desglose con detalle.

Tipos de infracciones según la Ley 2/2023

La Ley 2/2023 clasifica las infracciones en tres categorías, siguiendo la estructura clásica del derecho administrativo sancionador español:

  • Infracciones muy graves: las que afectan directamente a la esencia del sistema —represalias, ausencia total de canal, vulneración de la confidencialidad del informante.
  • Infracciones graves: las que implican un incumplimiento sustancial de la normativa —canal que no funciona correctamente, falta de respuesta, no designar RSII.
  • Infracciones leves: deficiencias formales o procedimentales que no anulan el sistema pero sí incumplen requisitos concretos.

Es importante destacar que la misma empresa puede ser sancionada por varias infracciones simultáneamente si comete conductas que entran en diferentes categorías. Las sanciones son acumulables.

Infracciones muy graves: de 600.001€ a 1.000.000€

Las infracciones muy graves son las más severas y están directamente vinculadas a las conductas más lesivas para el sistema de protección del informante. La sanción para personas jurídicas (empresas, organizaciones) puede alcanzar el millón de euros.

Principales infracciones muy graves:

  • No disponer de canal de denuncias cuando se está obligado por ley. Esta es la infracción más clara: si tu empresa tiene 50 o más empleados y no tiene canal operativo, incurres automáticamente en infracción muy grave.
  • Tomar represalias contra el informante o contra cualquiera de las personas protegidas (familiares, compañeros que apoyaron la denuncia). El despido, la degradación, el traslado forzoso, la exclusión de formación o la intimidación son formas reconocidas de represalia.
  • Vulnerar la confidencialidad del informante, revelando su identidad sin su consentimiento o en casos no previstos expresamente por la ley.
  • Obstruir o impedir las actuaciones de investigación o inspección de la AIPI.
  • No adoptar las medidas cautelares ordenadas por la AIPI durante un procedimiento de inspección.

Para personas físicas (administradores, directivos responsables), la sanción por infracciones muy graves puede llegar a 300.000€.

Importante: El coste de no tener canal (mínimo 100.000€ por infracción leve, hasta 1.000.000€ por infracción muy grave) es infinitamente mayor que tenerlo. Con EticAlert, el canal cuesta desde 19€/mes para empresas obligadas.

Infracciones graves: de 100.001€ a 600.000€

Las infracciones graves cubren situaciones en las que la empresa tiene canal pero este no funciona correctamente, o bien incumple obligaciones organizativas fundamentales.

Principales infracciones graves:

  • No responder al informante en el plazo de 3 meses con información sobre las medidas adoptadas o en curso. La ley exige feedback al denunciante dentro de ese plazo; ignorar la comunicación es infracción grave.
  • No designar un Responsable del Sistema Interno de Información (RSII) o designar a alguien que no tiene las condiciones de independencia e imparcialidad exigidas.
  • No notificar la designación del RSII a la AIPI en el plazo establecido (desde febrero de 2026 hay un plazo de 2 meses para comunicarlo).
  • Canal que no garantiza el anonimato cuando el informante lo solicita.
  • No conservar el libro-registro o mantenerlo de forma incompleta o fraudulenta.
  • No acusar recibo de la comunicación dentro de los 7 días naturales establecidos por la ley.
  • Canal accesible solo para empleados y no para todos los colectivos obligatorios (proveedores, contratistas, candidatos, clientes, etc.).

Para personas físicas, la sanción por infracciones graves puede llegar a 200.000€.

Infracciones leves: hasta 100.000€

Las infracciones leves corresponden a deficiencias formales o incumplimientos menores que no anulan el sistema pero sí vulneran requisitos concretos de la normativa.

Ejemplos de infracciones leves:

  • Política del Sistema Interno de Información desactualizada o incompleta.
  • No publicar la URL del canal en la web corporativa de forma visible.
  • No comunicar el canal a los empleados de forma periódica.
  • Canal que solo acepta denuncias escritas y no permite comunicaciones verbales.
  • Formulario de denuncia que solicita datos innecesarios o no está adaptado al RGPD.
  • No incluir información sobre el proceso de investigación en la política del SII.

Para personas físicas, la sanción leve máxima es de 25.000€.

Responsabilidad personal de administradores

Este es el aspecto que más sorprende a muchos directivos: la Ley 2/2023 no solo sanciona a la empresa como persona jurídica. Los administradores, consejeros y directivos pueden ser sancionados a título personal si se acredita que el incumplimiento deriva de su negligencia o falta de supervisión.

La responsabilidad personal puede surgir en situaciones como:

  • Haber aprobado decisiones que suponían una represalia contra un informante.
  • Haber ignorado reiteradamente las advertencias del RSII sobre el mal funcionamiento del canal.
  • Haber tomado la decisión de no implantar el canal pese a conocer la obligación legal.
  • Haber ordenado la revelación de la identidad de un informante.

Esto significa que incluso si la empresa paga la sanción corporativa, el administrador puede enfrentarse a una sanción personal adicional de hasta 300.000€ por infracciones muy graves.

Otras consecuencias: más allá de la multa

Las sanciones económicas no son la única consecuencia del incumplimiento. La Ley 2/2023 y el ordenamiento jurídico español contemplan efectos adicionales que pueden ser igual o más perjudiciales que las multas para muchas empresas:

Pérdida de subvenciones y ayudas públicas (hasta 4 años):

La comisión de infracciones graves o muy graves puede suponer la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, ayudas o financiación pública durante un período de hasta 4 años. Para empresas que trabajan habitualmente con fondos europeos, ayudas autonómicas o subvenciones estatales, este efecto puede ser enormemente costoso.

Exclusión de la contratación pública (hasta 3 años):

Las infracciones graves o muy graves pueden conllevar la prohibición de contratar con el sector público durante hasta 3 años. Para constructoras, consultoras, empresas de servicios o cualquier organización que concurra a licitaciones públicas, esto equivale a perder un mercado entero.

Daño reputacional:

La AIPI está obligada a publicar las resoluciones sancionadoras en los supuestos más graves. Esto significa que la sanción puede aparecer en medios de comunicación, en buscadores y en el historial de la empresa, con el consiguiente impacto sobre clientes, empleados y socios.

Indemnización al informante represaliado:

Si la empresa ha tomado represalias contra un informante, además de la sanción administrativa puede ser condenada a pagar una indemnización por daños y perjuicios en vía judicial. La ley presume que cualquier perjuicio laboral sufrido por un informante es consecuencia de la represalia, invirtiendo la carga de la prueba.

→ Resumen ejecutivo: ¿está tu empresa en riesgo? Checklist rápido

→ Cómo funciona el canal de denuncias de EticAlert para pymes

Evita sanciones. Activa tu canal ahora

La protección frente a todas estas sanciones empieza por tener un canal operativo y conforme a la Ley 2/2023. Starter desde 9€/mes · Business 19€/mes · Company 39€/mes.

Evita sanciones. Activa tu canal ahora →

Recursos relacionados:

  • La AIPI ya sanciona: competencias y cómo actuar →
  • Ley 2/2023: guía completa para empresas →
  • Ver planes y precios de EticAlert →
  • Crear mi canal de denuncias →

Artículos relacionados

Marco legal

Ley 2/2023: todo lo que tu empresa necesita saber

Marco legal

La AIPI ya sanciona: qué competencias tiene y cómo actuar

Marco legal

Directiva europea 2019/1937: el origen del canal obligatorio

Por sector

Canal de denuncias para industria y manufactura

Por sector

Canal de denuncias para transporte y logística

EticAlert

Canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023 para pymes españolas.

info@eticalert.com

Producto

  • Cómo funciona
  • Precios
  • Software canal de denuncias
  • Programa Partner

Recursos

  • Blog
  • FAQ
  • Opiniones
  • Guía Canal de denuncias
  • Guía por comunidad y ciudad
  • Guía Ley 2/2023
  • Guía RSII

Legal

  • Aviso legal
  • Condiciones del Servicio
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
  • Encargo de Tratamiento (DPA)
© 2026 FONCAD GROUP. Todos los derechos reservados. Hecho en España 🇪🇸